miércoles, 28 de septiembre de 2011

INFORMACION SOBRE EL CARNET POR PUNTOS.....


Hoy hemos asistido a unas jornadas, en las que se han expuesto los datos de los 5 años que lleva implantado el permiso por puntos en nuestro pais, que los accidentes y las muertes han bajado eso esta claro, lo que no se tiene tan claro es si se ha producido por el miedo a la multa y los puntos, o por la concienciación de las personas que es como debería ser, de todas maneras hay que reconocer que conduciendo un poco mejor todos, la cosa iría mejor todavía y eso todos lo sabemos. Nosotros concretamente llevamos compartiendo con vosotros desde el principio toda la implantación y desarrollo del permiso por puntos y nos llaman la atención algunas cosas, por ejemplo, muchos mas, muchísimos más hombres que mujeres, eso sí ellas normalmente con sanciones más graves, baja edad media en los participantes como norma general y 4 sanciones típicas: ALCOHOL, sale más barato aunque parezca que no, coger un taxi que beber y conducir, y por supuesto es menos peligroso, VELOCIDAD, nada que decir, todo el mundo sabe lo que hace y lo que debe hacer, más velocidad más gravedad en caso de accidente, CINTURÓN, cosa curiosa , porque en definitiva el cinturón al que salva es a ti, y nada más que a ti, si tu no miras por tu vida, quien va a mirar, MÓVIL, esta es la sanción más tonta que os pueden poner y una de las más frecuentes, os habeis preguntado: ¿ cuanto vale un bluetooth? 30 euros uno de esos de mechero pues la multa 150 euros, y 3 puntos, y aun asi hay gente que le ponen varias de lo mismo........sin palabras.
Dejaros la dirección web y física de nuestro centro de Formación donde impartimos los cursos, en el que os podrán informar de tod@s las dudas que tengais, estamos en la calle Marqués de la valdavia, 21 en Alcobendas ( Madrid) y la web es :http://www.autoescuelachaparral.es/oferta-cursos-de-recuperacion-de-puntos-y-del-carnet.html, ahí podreis consultar vuestro saldo de puntos, en el caso que lo necesiteis hacer test de examen para recuperar el permiso, e informaros de muchas de las preguntas frecuentes que suelen surgir sobre el carnet por puntos y su aplicación.







Os queremos dejar una cuestión, nos estamos encontrando personas que no saben, o no se les ha ocurrido nunca, mirar el saldo de puntos,y llevan conduciendo, tiempo en algunos casos bastante tiempo, con 0 puntos en su saldo o lo que es lo mismo, sin carnet, y queremos que sepais que eso es DELITO PENAL, en la mayoria de las ocasiones, suele ocurrir cuando os cambiais de domicilio, y no lo notificais aun siendo obligatorio ( 15 dias de plazo y gratuito). Un consejo mirarlo de vez en cuando en el link que os hemos dejado, u otra opción muy útil ahora que casi tod@s tenemos smartphones con conexion a interner, daros de alta en la dirección electrónica vial, para que siempre esteis al tanto de todas las comunicaciones que la administración, concretamente DGT, tenga con vosotros.

jueves, 22 de septiembre de 2011

Novedades para el examen practico de obtención de los permisos de conducción.

Nueva forma de examen práctico para la obtención de los permisos.



La fase de conducción autónoma, que debe ser realizada durante los primeros 10 minutos de la prueba, será exigible para la obtención de los permisos de la clase B, B+E, C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E D y D+E a partir del próximo 2 de noviembre de este mismo año.
Tradicionalmente, la prueba de circulación en vías abiertas al tráfico general se ha venido realizando de modo que el aspirante a permiso de conducción sigue un itinerario que va determinando el examinador y atendiendo a sus continuas indicaciones.
Distintos países de la UE han ido introduciendo, en el desarrollo de la prueba, una fase de conducción autónoma con resultados muy satisfactorios, para la formación de los futuros conductores.
Se entiende por conducción autónoma aquella que se realiza por un aspirante de forma independiente y autónoma, desarrollándose de manera natural, sin que las instrucciones y advertencias continuadas del examinador alteren o interfieran su toma de decisiones y por ello su comportamiento general durante la prueba.

Los objetivos que se pretenden son:
a) Conseguir en lo posible, durante la fase incial, la necesaria tranquilidad del alumno, proporcionándole una mayor seguridad durante la conducción.
b) Poner de manifiesto su capacidad par tomar decisiones personales, que le permitan desplazarse de un lugar a otro, que en ocasiones le son desconocidos.
c) Hacer ver al aspirante que la conducción es una actividad multi-tarea.
d) Proporcionar al examinador una visión más completa y espontánea, que le permita una evaluación más real y auténtica, además de apreciar los conocimientos y habilidades del aspirante.

La fase de conducción autónoma, que debe ser realizada durante los 10 minutos iniciales de la prueba, será exigible para la obtención de los permisos de la clase B, B+E, C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E D y D+E.
El examinador dará las instrucciones previas necesarias comunicando al aspirante la forma en que se desarrollará la prueba de circulación y su evaluación, de modo que resulten claras las fases sucesivas que tendrá que realizar durante su recorrido:

- Una fase de conducción autónoma, en los pirmeros 10 minutos de la prueba.
- Una fase de conducción dirigida, a continuación.
- La realización, dentro de su desarrollo, de determinadas pruebas de destreza, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 58.1 del Reglamento General de Conductores, que en todo caso serán ralizadas durante el periodo de conducción dirigida.

A tal efecto, el aspirante será instruido por el examinador, que podrá utilizar alguna de las indicaciones siguientes, según los casos:

- Inicie la marcha y diríjase a un lugar determinado, si conoce la localidad.
- Inice la marcha y, siguiendo la señalización existente, vaya a...
- Inicie la marcha y circule libremente, dándole las indicaciones mínimas e imprescindibles, que sirvan de orientación.

O, de forma más concreta:

- Diríjase al Ayuntamiento pasando por la Plaza de Toros.
- Tome la dirección Madrid, Alcorcón, San José de Valderas, cento ciudad, etc. Atendiendo a la señalización de dirección que exista.
- El examinador no obstante, cuando lo considere necesario podrá inidicar al aspirante algún putno intermedio para alcanzar el de destino.

Con carácter opcional, para alcanzar un punto de destino o un itinerario, podrán seguirse las indicaciones de un GPS o cualquier sistema de navegación por satélite, si el vehículo dispusiera de él.
Este tipo de prueba de circulación se comenzará a aplicar a partir del próximo día 2 de noviembre de 2011.

No os preocupeis porque en Autoescuelas Chaparral estamos preparados para ello y llevamos preparando a nuestros alumnos practicando por las zonas de examen en los días y horarios permitidos desde hace mucho tiempo, pensamos que esto puede ser beneficioso para vosotros, se avencinan cambios pero en general positivos, en breve todos estaremos obligados a realizar los test por ordenador , y posteriormente llegarán los test multirespuesta en el examen teórico. Asi que ya sabeis, espabilad y que no os pille el toro.
www.autoescuelachaparral.es

fiesta motera este fin de semana 24 y 25 de septiembre de 2011 en Madrid.

Os recordamos a tod@s nuestros amig@s moter@s que somos muchos que este fin de semana teneis una cita, en Madrid de la mano de nuestros amigos de la asociación MUEVETE EN MOTO POR MADRID, los que ya habeis asistido, no hace falta que os diga nada porque sabeis la grandeza del evento, y para los que no lo conoceis que os habeis convertido en moter@s hace poco, os espera un fin de semana lleno de olor a gasolina, calorcito, ruta nocturna, sorteos, presentaciones exclusivas, pruebas de motos, etc etc etc. Ni que decir tiene que NO PODEIS FALTAR, mejor dicho podemos faltar, porque yo ya tengo mi honda cbr 1000 rr, a puntito para el evento y mi hermano su Ducati 1098, para el evento, tenemos los asientos de atras libres alguien se apunta????
saludos a todos y rafagassssssssssssss v'ssssssssssss 
TODA LA INFORMACION EN : http://www.asociacionmuevetepormadridenmoto.com
   
Nosotros hemos querido colaborar con ellos un poco tarde pero más vale tarde que nunca, nos hubiera gustado poder hacer algo más, pero abrá que esperar a la edición 2012, en fin os esperamos a todos, y por supuesto queremos agradecer la nota de prensa, que han colgado en su pestaña noticias,a la cual podeis acceder desde el siguiente link: http://www.asociacionmuevetepormadridenmoto.com/noticias

Esperamos que paseis un maravilloso fin de semana y que se repita cien millones de veces más, pues para los que nos gusta y vivimos el mundo de las motos es lo que nos gusta y nos da una ilusion más para vivir ahora que no corren muy buenos tiempos.http://www.asociacionmuevetepormadridenmoto.com/

miércoles, 21 de septiembre de 2011

Nueva Promoción FIN DE VERANO. Oferta del permiso de moto A2, desde solo 50 € con 2 clases de regalo.

Nueva Promoción FIN DE VERANO. Desde hoy, 21 de septiembre, os presentamos nuestra nueva oferta del permiso de moto A2.  Matriculate desde solo 50 € con 2 clases de regalo de maniobras de 30 minutos en circuito cerrado, que es como decir matrículate gratis pero formaliza tu matricula pagando 2 clases por adelantado.
Esperamos que os agrade y ya os iremos contando llegado el mes de diciembre ahora que ya está claro las condiciones del paso al permiso de moto de alta cilindrada cual será nuestra oferta, que esperemos supere vuestras expectativas.


Pulsa sobre la imagen para ver el resto de conceptos:



Pulsa sobre la siguiente imagen para ver como es el examen de maniobras del permiso de moto a2.


+ info en: http://www.autoescuelachaparral.es ó  siguenos en facebook: 

lunes, 19 de septiembre de 2011

A ver si os gusta para que podais hacer test de examen desde vuestros smarthphones

Nueva aplicación para realizar test de examen del permiso de conducir desde FACEBOOK:

Pulsa sobre el siguiente link y comentarnos a ver que tal os va para poder mejorarlo.

http://www.facebook.com/pages/Autoescuela-Chaparral-Todos-los-permisos-Cursos-CAP-mercancias-viajeros/175070919669?sk=app_7146470109

Ya nos contareis.

Nuevo curso intensivo de teorico GRATUITO del mes de octubre 2011

Aqui teneis la fecha del curso intensivo de teórico para el permiso B programado para el mes de octubre, como suele ser costumbre la primera semana del mes, os animamos a seguir en la línea que llevia puesto que los resultados de examen rozan el 100% de aprobados en primera convocatoria demostrables.
Ya sabeis Avda de España alcobendas.
Os esperamos.

martes, 6 de septiembre de 2011

Fecha y lugar del examen septiembre 2011 CAP Mercancias y viajeros


Nueva Convocatoria para la celebración del ejercicio correspondiente a la quinta convocatoria del año 2011, examen septiembre 2011 de el certificado de aptitud profesional de mercancias y viajeros.
- Fecha: Día 24 de septiembre de 2011.
- Lugar: Centro Integrado de Formación Profesional "Profesor Raúl Vázquez". Carretera de Villaverde-Vallecas, Km. 4. Madrid.
- Hora:
Mercancías: a las 09:00 h.

jueves, 1 de septiembre de 2011

Definitivo ya esta publicado en el BOE como será el acceso al permiso de moto de alta cilindrada "A".

Para los que como a mi nos gustan las motos de más caballos que kg, eso si con cabeza, aquí teneis un extracto del BOE, en el que se detallan las condiciones reglamentarias para la obtención del permiso A.


14246 Orden INT/2323/2011, de 29 de julio, por la que se regula la formación para el acceso progresivo al permiso de conducción de la clase A.
Hasta la entrada en vigor del Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, para el acceso progresivo al permiso de conducción de la clase A, que permite conducir toda clase de motocicletas sin limitación de potencia ni de relación potencia/peso, bastaba con ser titular, con una antigüedad mínima de dos años, del permiso de la clase A limitado a la conducción de motocicletas con una potencia no superior a 25 kilovatios y una relación potencia/peso de hasta 0,16 kilovatios/kilogramo. Transcurrido ese plazo, la expedición del permiso de la clase A sin limitación se producía de forma automática.
La experiencia en la aplicación de la normativa que permitía el acceso al permiso de conducción de la clase A ilimitada, sin otra condición que una supuesta experiencia en la conducción de motocicletas de la categoría inmediatamente inferior, no ha dado los resultados esperados, en términos de seguridad vial, ni en España ni en los demás Estados miembros de la Unión Europea. Como regla general, los conductores accedían a
la conducción de las motocicletas de la categoría superior sin haber recibido ninguna formación complementaria.
A fin de poner remedio a esta situación, la Directiva 2006/126/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, sobre el permiso de conducción, exige, para el acceso progresivo al permiso de conducción de la clase A, complementar la experiencia en la conducción de motocicletas de la categoría inferior con la necesidad de superar una prueba de control de aptitudes y comportamientos o una formación
específica.
En aplicación de la nueva normativa comunitaria, el Reglamento General de Conductores, por el que se lleva a cabo la transposición de la citada Directiva al ordenamiento español, en su artículo 5.4 exige, para obtener el permiso de conducción de la clase A, además de ser titular de un permiso de la clase inmediatamente inferior, la A2, con una experiencia mínima de dos años en la conducción de las motocicletas que
autoriza a conducir dicho permiso, superar una formación en los términos que se establezcan por Orden del Ministro del Interior.
La presente orden tiene por objeto regular el contenido de la formación que permita los titulares del permiso de conducción de la clase A2, con una experiencia mínima de dos años en la conducción de las motocicletas que autoriza a conducir dicho permiso, obtener el de la clase A, dando así cumplimiento a la obligación impuesta a los Estados miembros en la Directiva 2006/126/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, de aprobar y supervisar dicha formación.
La referida formación consistirá en la realización de un curso cuyo contenido comprenderá un número de horas de formación teórica, con especial incidencia en la concienciación y sensibilización para conducir motocicletas sin limitación alguna de potencia ni de relación potencia/peso, y un número de horas de prácticas de maniobras y de circulación, todo ello conforme a lo dispuesto en el anexo VI de la citada Directiva.
Esta orden ha sido sometida a informe del Consejo Superior de Seguridad Vial, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.3.e) del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.
En su virtud, dispongo:

Artículo 1. Objeto.
La presente orden tiene por objeto regular los términos de la formación necesaria para la obtención del permiso de conducción de la clase A, según determina el artículo 5.4 del Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo.
Artículo 2. Contenido y duración del curso de formación.
1. La formación consistirá en la realización de un curso que deberá ajustarse a lo dispuesto en la presente orden y cuyo contenido será el que se establece en el anexo.
2. El curso tendrá una duración de 9 horas lectivas, distribuidas de la siguiente manera:
a) Conocimientos teóricos:
a.1) Teoría general: una hora y media.
a.2) Concienciación y sensibilización: una hora y media.
b) Prácticas:
b.1) Maniobras en circuito cerrado: cuatro horas.
b.2) Circulación en vías abiertas al tráfico general: dos horas.
3. Las prácticas se realizarán con motocicletas sin sidecar de cilindrada no inferior a 600 cm³ y potencia no inferior a 40 kW.
Durante su realización los alumnos deberán llevar un equipo de protección compuesto de casco integral, guantes, botas, cazadora y pantalón de motorista y las protecciones adecuadas, que podrán estar integradas en el equipo. Además, en las prácticas de circulación en vías abiertas al tráfico general los alumnos deberán ir provistos de un chaleco reflectante homologado, con la inscripción «Prácticas» o la letra «P» en su espalda.
4. La formación práctica en circulación en vías abiertas al tráfico general se realizará una vez que el aspirante haya completado satisfactoriamente la formación teórica y la formación práctica de maniobras en circuito cerrado.
Artículo 3. Centros autorizados a impartir la formación.
La formación regulada en la presente orden podrá ser impartida por las escuelas particulares de conductores autorizadas conforme a lo previsto en el Reglamento regulador de las escuelas particulares de conductores, aprobado por el Real Decreto 1295/2003, de 17 de octubre, así como por otros centros de formación en las condiciones que reglamentariamente se determinen.
Artículo 4. Comunicación de los cursos de formación.
1. Los centros deberán comunicar a la Jefatura Provincial de Tráfico en cuyo territorio estén radicados, que van a impartir un curso de formación con, al menos, diez días hábiles de antelación al inicio del mismo.
2. En la comunicación deberán indicarse:
a) Las fechas de inicio y finalización del curso, así como el lugar, los días y el horario en los que se impartirán las clases teóricas y prácticas.
b) La relación de los alumnos que participarán en el curso, en la que deberá constar su nombre y apellidos, así como el número de su documento nacional de identidad o número de identidad de extranjero.
Cuando el alumno sea titular de un permiso de conducción expedido en un Estado miembro de la Unión Europea distinto de España que no esté inscrito en el Registro de Conductores e Infractores de la Dirección General de Tráfico, se hará constar esta circunstancia.
3. Una vez realizada la comunicación, el centro podrá iniciar la realización del curso en la fecha establecida y para los alumnos indicados en la misma, salvo que, tras su comprobación por la Jefatura Provincial de Tráfico, alguno de los alumnos no sea titular del permiso de conducción de la clase A2 o no tenga la antigüedad exigida, en cuyo caso se comunicará al centro.
4. Cualquier cambio que afecte a los datos relacionados en los párrafos a) y b) del apartado 2, deberá ser comunicado por el centro a la Jefatura Provincial de Tráfico en el momento en que se produzca y, en todo caso, antes del inicio del curso.
Artículo 5. Certificado acreditativo de la realización del curso con aprovechamiento.
1. El centro expedirá y entregará a cada alumno que haya superado la formación un certificado, que deberá estar firmado por su director o responsable, acreditativo de que ha realizado el curso con aprovechamiento. El certificado deberá ser, asimismo, remitido a la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente.
En el certificado deberán constar, al menos, los datos de identificación del centro y del alumno, los del curso realizado, con indicación de las fechas de inicio y finalización del mismo.
2. El certificado de aprovechamiento, que tendrá validez en todo el territorio nacional, permitirá a su titular solicitar la expedición del permiso de conducción de la clase A, conforme a lo previsto en el Reglamento General de Conductores.
Disposición adicional única. Comunicación por medios electrónicos.
Las comunicaciones previstas en esta orden que deban realizar los centros a las Jefaturas Provinciales de Tráfico podrán hacerse por medios electrónicos.Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente orden.
Disposición final primera. Título competencial.
Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.21.ª de la Constitución que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 29 de julio de 2011.–El Ministro del Interior, Antonio Camacho Vizcaíno.
ANEXO
Contenido de los cursos de formación para el acceso progresivo al permiso de conducción de la clase A.
Contenidos teóricos:
1. Teoría general:
a) Equipamiento mínimo de protección.
b) Conocimiento y estado del vehículo: sistemas de transmisión, diferencias en la conducción.

c) Control del acelerador y del freno: transferencia de pesos, diferencias entre freno delantero y trasero, utilización correcta de los frenos.
d) Trazado de curvas.
e) Conducción con pasajero.
2. Concienciación y sensibilización:
a) Los accidentes de tráfico: La magnitud del problema, dinámica de un impacto con motocicleta y consecuencias para las víctimas.
b) Actuación en caso de un accidente de tráfico.
c) Factores de riesgo: velocidad, alcohol, drogas, enfermedades y fármacos, el sueño, la fatiga y el estrés.
d) Aptitudes y capacidades básicas para una conducción segura en vehículos de dos ruedas.
e) Conducción en condiciones meteorológicas adversas.
f) La conducción preventiva.
Contenidos prácticos:
1.1. Preparación y comprobación técnica del vehículo en relación con la seguridad vial.–Los candidatos deberán demostrar que son capaces de prepararse para una conducción segura satisfaciendo obligatoriamente las prescripciones siguientes:
1.1.1 Ajustar la indumentaria de protección, como guantes, botas, otras prendas y casco.
1.1.2 Efectuar verificaciones de forma aleatoria del estado de los neumáticos, del de los frenos, sistema de dirección, interruptor de parada de emergencia (caso de existir), cadena, nivel de aceite, faros, catadióptricos, indicadores de dirección y de la señal acústica.
1.2 Maniobras especiales de la prueba con incidencia en la seguridad vial:
1.2.1 Quitar y poner el soporte de la moto y desplazarla sin ayuda del motor caminando a un lado.
1.2.2 Estacionar la moto sobre su soporte.
1.2.3 Realizar al menos dos maniobras a poca velocidad, entre ellas un slalom; dichas maniobras deben permitir comprobar el manejo del embrague en combinación con el freno, el equilibrio, la dirección de la visión, la posición sobre la moto y la posición de los pies en los reposapiés.
1.2.4 Realizar al menos dos maniobras a más alta velocidad: una en segunda o tercera velocidad, al menos a 30 km/h y otra para evitar un obstáculo a una velocidad mínima de 50 km/h; dichas maniobras deben permitir comprobar la posición sobre la moto, la dirección de la visión, el equilibrio, la técnica de conducción y la técnica de cambio de marchas.
1.2.5 Frenado: se realizarán al menos dos ejercicios de frenado, incluido uno de emergencia a una velocidad mínima de 50 km/h; dichas maniobras deben permitir comprobar el manejo del freno de delante y de detrás, la dirección de la visión y la posición sobre la moto.
1.3 Comportamientos en circulación.
Los candidatos deberán efectuar obligatoriamente todas las operaciones siguientes en situaciones normales de circulación, con toda seguridad y con las precauciones necesarias:
1.3.1 Abandonar el lugar de estacionamiento, arrancar después de una parada del tráfico; salir al tráfico desde una vía sin circulación.
1.3.2 Conducción en vías rectas; cruzarse con vehículos incluso en pasos estrechos

1.3.3 Conducción en curva.
1.3.4 Cruces: abordar y franquear cruces e intersecciones.
1.3.5 Cambios de dirección: girar a la izquierda y la derecha; cambiar de carril.
1.3.6 Entrar/salir de una autopista (caso de existir): incorporación desde el carril de aceleración; salir por el carril de desaceleración.
1.3.7 Adelantar/cruzar: adelantar otros vehículos (si es posible); adelantar obstáculos, por ejemplo, vehículos estacionados; ser adelantado por otros vehículos (si procede).
1.3.8 Otros componentes viales (caso de existir): rotondas; pasos ferroviarios a nivel; paradas de tranvía o autobús; pasos de peatones; conducción cuesta arriba o cuesta abajo en pendientes prolongadas.
1.3.9 Tomar las precauciones necesarias al abandonar el vehículo.

Extraido del BOE. Link directo: http://www.boe.es/boe/dias/2011/08/31/pdfs/BOE-A-2011-14246.pdf